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RESOLUCIÓN de 27 de junio 2017 del Director-Gerente del Instituto Aragonés de Fomento por la que se hace pública la propuesta de resolución provisional de la convocatoria de ayudas destinadas a proyectos de inversión en la provincia de Teruel y se abre el plazo para presentar alegaciones frente a la misma.

Publicado el 14/07/2017 (Nº 134)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO

Texto completo:

Por Orden EIE/299/2017, de 24 de febrero, de la Consejera de Economía, Industria y Empleo ("Boletín Oficial de Aragón", número 56, de 22 de marzo), se convocan ayudas para proyectos de inversión en la provincia de Teruel.

De acuerdo al artículo Decimosegundo de la citada orden, el Órgano instructor, formulará la propuesta de resolución provisional, que deberá expresar la relación de solicitantes para los que se propone la concesión de la subvención y su cuantía, especificando la puntuación obtenida y los criterios de valoración seguidos para efectuarla, así como la propuesta de desestimación fundamentada del resto de solicitudes.

Una vez examinada el acta-informe de la Comisión de Valoración, resuelvo:

Primero.- La publicación de la propuesta de resolución provisional formulada por el Órgano de Instrucción (Unidad de Promoción y Financiación del Instituto Aragonés de Fomento), a la vista del expediente y del informe de la Comisión de Valoración, expresada en:

a) Relación de solicitantes para los que se propone la concesión de subvención y su cuantía, especificando la puntuación obtenida y los criterios de valoración seguidos para efectuarla (anexo I).

b) Relación de solicitantes para los que se propone la desestimación y fundamento de dicha desestimación (anexo II).

Segundo.- El interesado, en el plazo de diez días a partir del día siguiente de la publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de esta resolución, podrá presentar las alegaciones que estime oportunas. Cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los interesados, se podrá prescindir de dicho trámite, en cuyo caso la propuesta de resolución formulada tendrá el carácter de definitiva.

Las alegaciones deberán dirigirse al Instituto Aragonés de Fomento y presentarse por escrito en cualquiera de las dependencias de Registro del Gobierno de Aragón o en cualquiera de las oficinas a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 27 de junio de 2017.

El Director-Gerente del Instituto Aragonés de Fomento,

RAMÓN TEJEDOR SANZ